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          Sistema Internacional  
        Sistema:

El término "sistema" alude a una pluralidad organizada, a un conjunto de elementos interrelacionados distintos unos de otros. Su "organización" se refiere a una separación funcional: la asignación de tareas o funciones específicas a cada uno de los órganos o parte de ese sistema. Existe a su vez dentro de él, una jerarquía en esas funciones, lo cual no significa que correspondan a ciertos órganos tareas más valiosas que a otros, sino que ciertos órganos poseen preeminencia sobre otros subsidiarios. Ello otorga a todo sistema capacidad de decisión y acción.

Sistema Internacional:

Luego de introducirnos al concepto de sistema nos ocuparemos de la problemática referida a la existencia de un verdadero "sistema internacional".

Podemos comenzar afirmando que existe efectivamente una comunidad internacional, es decir un conjunto de individuos con problemas y fines en común: en el ámbito internacional ellos son los Estados, formas de organización política con características comunes que protagonizan preminéntemente las relaciones en el plano mundial. Más recientemente se suman a ellos otros elementos de este sistema , otros "actores internacionales": como las organizaciones internacionales, o incluso la persona humana, que se ha convertido en objeto de interés y tutela por las políticas de los Estados en su conjunto.

Resulta difícil reseñar con precisión hasta qué punto es posible afirmar la "sistematicidad" del orden internacional. Siguiendo las ideas expresadas al comienzo deberemos preguntarnos por el grado de organización, de cooperación (es decir de interrelación y trabajo conjunto de los sujetos internacionales) y de jerarquización formales de la comunidad internacional.

Advertimos en primer lugar la presencia efectiva de instancias en que interactúan los Estados, esto es a través de los llamados Organismos Supranacionales, que representan instancias de decisión y acción cuyos efectos se extienden a los Estados que de ellos forman parte. Su expresión máxima sin lugar a dudas es la Organización de las Naciones Unidas, aunque paralelamente existen grandes Organismos multilaterales que se ocupan de temas de diversa índole que son también del efectivo interés de una gran porción los Estados del mundo. En lo relativo a la formalidad, podemos reconocer la existencia de un Derecho Internacional, que en el ámbito de su vigencia representa una forma racional y consensuada en base a intereses comunes, de viabilizar y protocolizar las relaciones entre los distintos sujetos que lo componen.

Sin embargo esta organización institucional y jurídica, que tiende hacia la sistematicidad en las relaciones entre los Estados, que estructura una jerarquía funcional y que se crea en función de metas u objetivos comunes del interés de todos los miembros de esa "sociedad" internacional, representa en la realidad actual un verdadero proyecto mundial cuya completa realización se encuentra sin dudas pendiente. Con ello no queremos significar que se trate de un sistema incompleto o defectuoso en sí mismo, sino que por razones que explicamos, no podremos afirmar de esta forma de organización de las relaciones, que sea un auténtico sistema que se imponga a escala global de forma unívoca.

En la actualidad resulta inherente al "sistema internacional" un estado de provisoriedad en su orden y reglamentación (o sea, un orden y reglamentación provisional, de transición), producto de su natural dinámica y de su naturaleza y condiciones. Sucede que toda formalización de las relaciones en este nivel, debe tener como respaldo un alto grado de consenso entre los Estados que conservan su soberanía, su núcleo duro de poder, el cual es suficiente considerado en conjunto, o incluso individualmente, para modificar el orden constituido: estableciendo nuevos fines, nuevas costumbres, nuevas "leyes" que deroguen prácticas, fines, reglas establecidas, a veces de forma consensuada y otras unilateralmente y hasta en violación de las normas preestablecidas.

Ello obedece a una dinámica propia y nos indica que, en realidad, la formación de un auténtico sistema que sea perdurable y que logre un grado de formalización y reglamentación de las relaciones para el logro de metas comunes, requiere de un alto grado de consenso dentro del particular conjunto de individuos y organismos que conforman la sociedad internacional, cuestión que debe resolverse en la compatibilización de los intereses estatales con el interés mundial.

Como expresa Tönnies, la Sociedad - el sistema - es una forma ideal que se caracteriza por la intencionalidad de realizar una conducta común basada en el acuerdo de voluntades, en la mayor o menor existencia de lo que podemos llamar "affectio societatis" (interés de asociarse). En el plano internacional, concluimos, el nivel de desarrollo del sistema estará en relación directa con el grado de efectivización de aquella conducta común.
 


 
 
 
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